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dc.contributor.authorBallesteros, María Agustina
dc.date.accessioned2020-11-28T18:54:21Z
dc.date.available2020-11-28T18:54:21Z
dc.date.issued2014
dc.identifier.urihttp://186.153.163.187:8080/xmlui/handle/123456789/399
dc.description.abstractEste trabajo surgió en respuesta a una pregunta que a lo largo del estudio de la Materia Concursos y Practica Judicial aumentaba mi curiosidad, la misma era: ¿Mas allá de los efectos de la Sentencia de quiebra del deudor, los acreedores, no tienen otros medios para defender su derecho al cobro total de la deuda contraída por el fallido? Es asi que el objetivo del mismo fue investigar y profundizar acerca de un medio para incrementar el activo liquidable y asi aumentar las esperanzas de cobro de los acreedores insatisfechos. Básicamente la metodología empleada para el desarrollo del presente trabajo fue partir de los conceptos esenciales para su comprensión, continuando luego con una introducción de lo que sería el origen del tema a tratar como lo es la Quiebra, ampliando luego la información hasta llegar al punto central objeto de análisis: la Extensión de la quiebra. De esta forma procuro despertar la habilidad y responsabilidad del contador en su rol de sindico para solicitar en su debido momento y respetando los plazos establecidos en la Ley 24.522 (Modificada por la Ley 26.684) la Extensión de la Quiebra; así como también la de los acreedores en la propia lucha por la defensa de sus derechos; y por ultimo solo la responsabilidad del propio fallido de aceptar como consecuencia sus respectivos efectos, ya que los mismos no pueden solicitar la extensión de su propia quiebra.es_ES
dc.description.sponsorshipPérez, Eliseo Blases_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherFacultad de Ciencias Económicas - Universidad Nacional de Tucumánes_ES
dc.relation.ispartofseriesS4-18-14;
dc.subjectContabilidades_ES
dc.titleEXTENSIÓN DE LA QUIEBRA A TERCEROSes_ES
dc.typeThesises_ES


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