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dc.contributor.authorFink, Harold
dc.contributor.authorMaza, Fabiola Yudith
dc.date.accessioned2020-11-28T18:45:22Z
dc.date.available2020-11-28T18:45:22Z
dc.date.issued2014
dc.identifier.urihttp://186.153.163.187:8080/xmlui/handle/123456789/395
dc.description.abstractEl art. 14 bis de la Constitución Nacional expresa, “El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagadas; retribución justa; salario mínimo vital móvil...”. Estas cuestiones, entre otras, son las que debe garantizar el Régimen de Trabajo Agrario. El 27 de diciembre de 2011 es promulgada la Ley 26.727 de Trabajo Agrario, que reemplaza a la Ley de facto N° 22.248, norma que rigió los derechos y las obligaciones de los trabajadores y los empleadores de la actividad con un claro sentido regresivo desde el año 1980. Se puede afirmar hoy que los trabajadores del sector no sólo gozan de los mismos beneficios que los regidos por el Régimen General de Trabajo aprobado por la Ley Nº 20.744, sino que en muchos aspectos superan los mínimos legales del mismo. En relación a la técnica legislativa empleada, la Ley Nº 26.727 fue concebida como un Estatuto Mínimo, es decir, hace aplicable las disposiciones del Régimen General dela L.C.T. y legisla de manera particular y con sentido protectorio y tendencialmente superador de aquellas cuestiones que por la especificidad de la materia así lo han requerido.es_ES
dc.description.sponsorshipMedina, Olga Yolandaes_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherFacultad de Ciencias Económicas - Universidad Nacional de Tucumánes_ES
dc.relation.ispartofseriesS4-14-14;
dc.subjectContabilidades_ES
dc.titleNUEVO RÉGIMEN AGRARIO, ANÁLISIS Y COMPARACIÓN CON EL ANTERIOR RÉGIMENes_ES
dc.typeThesises_ES


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